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¿Qué le corresponde arreglar al Consorcio?

Las cosas y partes que corresponde arreglar al Consorcio , están afectadas al uso común y son indispensables para mantener la seguridad del edificio. El Art. 2041 del Código Civil y Comercial enumera como cosas y partes necesariamente comunes: el terreno; los pasillos, vías o elementos que comunican unidades entre sí y a éstas con el exterior; los techos, azoteas, terrazas y patios solares; los cimientos, columnas, vigas portantes, muros maestros y demás estructuras, incluso las de balcones, indispensables para mantener la seguridad; los locales e instalaciones de los servicios centrales; las cañerías que conducen fluidos o energía en toda su extensión, y los cableados, hasta su ingreso en la unidad funcional; la vivienda para alojamiento del encargado; los ascensores, montacargas y escaleras mecánicas; los muros exteriores y los divisorios de unidades entre sí y con cosas y partes comunes; las instalaciones necesarias para el acceso y circulación de personas con discapacidad, fijas o...

Se puede remover al Administrador?

Todo Consorcio, a través del "Consejo de Propietarios" o un grupo de los mismos interesados en el bienestar de Edificio tiene derecho a solicitar a su Administrador: Asamblea, pedir información, tener respuestas y solución (si la hubiese) a temas de gravedad, sea por mail, llamados y cuando no son respondidos, también tienen derecho a removerlo, aunque no haya cumplido el año de mandato.  En caso de no llevar adecuadamente los Libros, no presentar rendición anual, desentenderse de urgencias, también los copropietarios pueden denunciar en la página del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Link   Para remover al Administrador los copropietarios deberán reunirse y tomar la decisión, en Asamblea y aunque no tengan el Libro de Actas en su poder, como opción extraordinaria, podrán asentar la decisión tomada en Acta volante (rubricar), esto es solo en caso de no lograr respuesta del Administrador en curso y no poder tener con el mismo una Asamblea para su destitución. REVOCAR EL...

Ley 941 Obligaciones del Administrador

Ley 941  (completa) CAPITULO II (II) OBLIGACIONES DEL ADMINISTRADOR Artículo 8º.- Presentación de constancia de inscripción: El/la administrador/a debe presentar anualmente una constancia del certificado de inscripción en el Registro actualizado en la asamblea ordinaria. En dicha oportunidad hará entrega de una copia de la presente ley al consorcio de propietarios presentes. De igual forma procederá en cualquier asamblea donde se considere su designación o continuidad. Artículo 9º.- Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: Ejecutar las decisiones adoptadas por la Asamblea de Propietarios conforme lo previsto por las normas vigentes. Atender a la conservación de las partes comunes y realizar las diligencias pertinentes para el cumplimiento de la normativa vigente resguardando el mantenimiento edilicio e infraestructura, instalaciones, sistema de protección contra incendio, higiene y seguridad y control de plagas. Asimismo, proveer el cuidado del agua p...

Denuncias en CABA

Info Denuncia Digital a Administradores de Consorcio Link: Click Denuncia Digital   L as denuncias se tomarán sólo de   forma online   momentáneamente ¿Cuáles son los requisitos?  Propietarios:  Constituir domicilio legal en CABA Documentación requerida que deberás tener previamente escaneada:      DNI    Factura de ABL. Si el ABL no está a su nombre, presentar otro servicio.    Liquidación de expensas.    Documentación que pruebe el hecho denunciado.    Reclamo previo al administrador (mails, nota, carta documento). Organismo Responsable Dirección General Defensa y Protección al Consumidor Ubicación: Tte Juan Domingo Perón 3175, PB - Edificio Cervantes Días de Atención: Lunes a viernes Horarios de Atención: 10 a 14 hs Temas: ver haciendo Click en el enlace Presentación:   Nosotros Como trabajamos :  Administración Comunicarse:   Contacto Asesoramiento:   Asesoría Servicios...

Expensas

Expensas ordinarias  En las liquidaciones puede verse como Expensa A.  Son la suma de los gastos mensuales realizados comunes a todos, dividida según el porcentaje que corresponde a cada unidad funcional.  Incluye los abonos por servicios de uso diario, los sueldos de los encargados o servicio de limpieza, los artículos de limpieza y desinfección, mantenimiento, jardinería, entre otras. Expensas Extraordinarias Son expensas definidas por Asamblea, con la finalidad de reparaciones o mejoras de gran magnitud, las cuales se pauta un tiempo determinado hasta saldar el valor de lo contratado o trabajo pautado. Estas son abonadas por los propietarios , debido a que representan una mejora edilicia. Temas: ver haciendo Click en el enlace Presentación:   Nosotros Como trabajamos :  Administración Comunicarse:   Contacto Asesoramiento:   Asesoría Servicios:   Mantenimiento del hogar Obligaciones del Administrador:   Ley 941capII Remover Administrador:...

Contacto

Nuestros medios de Contacto le permitirán realizar consultas, dudas, incluso asesorarse. MaiL:  manerovillarreal@gmail.com Horario oficina:  lunes a viernes de  14 a 18 hs   Tel.:   6346 2574 WhatsApp: 11 6226 5311 Temas: ver haciendo Click en el enlace Presentación:   Nosotros Como trabajamos :  Administración Asesoramiento:   Asesoría Servicios:   Mantenimiento del hogar Expensas:   Expensa A-Extraordinarias Obligaciones del Administrador:   Ley 941capII Remover Administrador:   Se puede? Denunciar Administración:   En CABA

Nosotros

  Somos profesionales con experiencia, diferentes en su forma de trabajar,  que decidimos asociarnos para darle un nuevo formato a la Administración de propiedad Horizontal, generando una cultura empresarial diferente, moderna y ágil, lejos de los vicios clásicos, renovando la imagen de la actividad y trabajando para hacer de ella una profesión transparente, clara, precisa, con los valores de antaño. “Manero Villarreal Administración”, se incorpora al mercado con la convicción de fortalecer la relación propietario-administrador, privilegiando el trato personalizado, el respeto y la confianza, ejerciendo la profesión con honestidad, responsabilidad. Con intención de mejorar la comunicación tendrá nuestra Web, WhatsApp y mail a disposición de los propietarios del consorcio e inquilinos.  En el caso de la comunicación por WhatsApp una vez que somos elegidos como Administración, ponemos en funcionamiento un “grupo” con los propietarios del consorcio y/o inquilinos para pode...